Bono IA · 6 de octubre de 2026
Bono IA y Reglamento europeo de IA: lo que una pyme debe tener en cuenta
Por Equipo de Índole · Análisis del Bono IA

El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Reglamento europeo de IA, no es solo cosa de las grandes tecnológicas. Una pyme que incorpora IA a sus procesos pasa a ser «responsable del despliegue», y eso tiene algunas obligaciones, proporcionales al riesgo.
Lo que ya se aplica
- Alfabetización en IA (artículo 4): desde el 2 de febrero de 2025, quien usa sistemas de IA debe procurar que su personal tenga conocimientos suficientes. Encaja con las condiciones de formación que prevé el bono.
- Prácticas prohibidas (artículo 5): también desde el 2 de febrero de 2025. Para un proyecto normal de pyme no suele ser un problema, pero conviene descartarlo.
Lo que depende del uso
La mayoría de proyectos de una pyme (atención al cliente, lectura de documentos, previsiones) no son de alto riesgo. Si el sistema decide sobre personas, por ejemplo en selección de personal o en acceso a servicios, las exigencias suben. Y si un asistente conversa con clientes, hay obligaciones de transparencia: que sepan que hablan con una IA.
Ojo con las fechas: el calendario de aplicación de algunas obligaciones se está revisando en la Unión Europea. Antes de lanzar un proyecto conviene comprobar la versión vigente.
Nuestro criterio
Cumplir con el Reglamento no debería ser un añadido al final, sino parte del diseño: saber qué datos usa el sistema, quién supervisa sus resultados y cómo se informa a los usuarios. Hecho desde el principio cuesta poco, y es probable que las bases del bono lo valoren.
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